
Seminario - Taller
Cobertura periodística y patrimonio
La comunicación de la cultura y el patrimonio
Jornada de Capacitación organizada por la Asociación Amigos del Museo Nacional de Bellas Artes y ADEPA. 22 de marzo de 2004, Benos Aires, Republica Argentina.
LA COMUNICACIÓN DE LA CULTURA Y EL PATRIMONIO.
TEMA: “ La Protección del Patrimonio Cultural a través de las Convenciones y Recomendaciones de la UNESCO.”
Por Maria Susana Pataro (*)
Introducción
Agradecemos la invitación de la Asociación Amigos y de ADEPA para participar en esta Jornada de Capacitación sobre Comunicación de la Cultura y el Patrimonio.
Hace unos 10 años el Centro Internacional de Estudios para la Conservación y Restauración de los Bienes Culturales – ICCROM – organización intergubernamental nacida en 1956, de la que la Republica Argentina es miembro, y cuya acción se orienta a la investigación, capacitación y sensibilización en materia de protección y gestión del patrimonio cultural, evaluó que era urgente sensibilizar al publico en materia de conservación del patrimonio porque entendió que era necesario se operara una evolución en las mentalidades. En efecto, la conservación del patrimonio no debía ser solo una cuestión de especialistas sino una preocupación de todos. Y así, decidió centrar uno de sus programas en la publicación de investigaciones sobre tres actores esenciales: los periodistas, las instituciones culturales vinculadas con la educación de los jóvenes y los guías y conferencistas, para llegar a través de ellos al gran publico.
En los últimos años en Argentina se observa un interés creciente en los medios en general, y en la prensa escrita en particular, por los temas vinculados a la protección del patrimonio cultural y son numerosos los artículos y cartas a los lectores donde se aborda la cuestión.
Hemos notado que la mayoría de las notas se refieren a situaciones – una demolición, un incendio, un robo - una vez que ellas se han producido; en muchos casos, el patrimonio cultural y natural aparece asociado al turismo cultural y de aventura, pero sin abordar los temas de protección ni de manejo; en otros se reproducen declaraciones de funcionarios o de personalidades diversas sin evaluación o contextualizacion del tema. Menos frecuentes, en cambio, son los casos en donde hay una investigación acerca del por qué y de lo que debería venir después de la situación enunciada o de prevenir a la opinión sobre una situación no deseada.
De todas maneras aun el espacio dedicado al patrimonio y su protección, en comparación con otras cuestiones, no resulta relevante.
Objetivos de la Presentación
En nuestra presentación intentaremos brindar las herramientas para que los periodistas que incursionen en los temas del patrimonio se familiaricen con los principios básicos contenidos en los instrumentos internacionales adoptados en los últimos 50 años en el ámbito de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Procuraremos situar históricamente esas Convenciones
Internacionales, interpretar su sentido, así como darles algunas claves para evitar caer en los “clichés” que se observan con frecuencia en los artículos sobre patrimonio, y que hacen perder la eficacia de la nota que debería tender no solo a dar información correcta y completa sino también a implicar al publico de manera positiva y brindar una perspectiva constructiva en la resolución del problema.
La familiaridad que ustedes adquieran con estos instrumentos internacionales debería brindarles algunas herramientas útiles en su labor periodística: por ejemplo, saber por qué la comunidad internacional se preocupo en cada caso por proteger cierto tipo de bienes; la intima vinculación que existe entre el patrimonio natural y el cultural; la responsabilidad que le cabe a los Estados que han ratificado esos tratados en la protección del patrimonio; la evolución misma del concepto de patrimonio, que en los últimos años paso de una concepción euro céntrica, basada en lo material y monumental, a un enfoque más global y comprehensivo, en donde se atiende a la interacción del hombre con la naturaleza así como a los conceptos de patrimonio intangible y de diversidad cultural.
Que es el Patrimonio Cultural?
El concepto de patrimonio cultural con el que se trabaja en el ámbito internacional es un concepto amplio. Podríamos decir que el patrimonio cultural de un pueblo es su memoria expresada en muchas formas diferentes, tanto tangibles (monumentos, paisajes culturales, objetos), como intangibles (las lenguas, la música, los conocimientos tradicionales, los rituales, las relaciones con la naturaleza y con el universo). Memoria que, al ser transmitida de generación en generación por una comunidad, ha ido conformando su identidad y le permite no vivir exiliada de su pasado.
¿Por que proteger el patrimonio cultural?
La protección del patrimonio cultural constituye un imperativo ético por lo que comporta en relación con nuestra identidad, nuestra memoria así como la del planeta que habitamos, y la necesidad subsiguiente de transmitir esa herencia a las generaciones futuras.
La protección del patrimonio es necesaria también porque constituye un factor de desarrollo que esta íntimamente vinculado a la calidad de vida y bienestar de las comunidades asociadas a ese patrimonio.
¿Cuales son los peligros que se ciernen sobre el patrimonio (cultural y natural)?
Los peligros no son nuevos aunque si ha variado su ritmo e intensidad; a grandes rasgos, obedecen tanto a causas naturales como humanas:
a) Naturales, son aquellas vinculados a la Tierra y al clima (terremotos, maremotos, ciclones, deslizamientos de terreno, inundaciones, incendios, la acción corrosiva de los elementos naturales y el ataque de insectos o plantas);
Las humanas son varias y se pueden vincular con:
b) Desarrollo (la presión económica, el desarrollo urbano, las grandes obras publicas, el turismo no controlado, la contaminación, la construcción de parques temáticos que amenazan la autenticidad de los sitios etc.);
c) Ciertas conductas como vandalismo, robo, disturbios, conflictos étnicos, guerras, ataques terroristas; en el caso de áreas naturales protegidas, la introducción de especies exóticas, de asentamientos humanos o la caza furtiva de especies en extinción, introducción de pesticidas o abonos, etc.;
d) Carencias en políticas de conservación (legislación insuficiente, falta de formación y ética profesionales, cambio en el estatus jurídico que protege un bien, ausencia del tema en la agenda política);
¿Cómo ha abordado estos temas la comunidad internacional?
A través de la elaboración de tratados internacionales o convenciones, que constituyen acuerdos entre estados que al ser ratificados por estos tienen fuerza de ley, siendo por tanto vinculantes; a traves de declaraciones y recomendaciones, que si bien no tienen carácter vinculante pueden inspirar y orientar la legislación interna de los estados.
También a través de la creación de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales que tienen una función especifica en desarrollar acciones a través de capacitación, acciones de sensibilización y programas que atiendan situaciones diversas.
El ámbito intergubernamental especifico en que se han elaborado y se continúan elaborando estas normas es la UNESCO, organismo especializado de las Naciones Unidas, nacido en 1945, con el fin de contribuir a la paz y a la seguridad en el mundo promoviendo la cooperación entre las naciones a través de la educación, la ciencia y la cultura.
La UNESCO cumple con sus objetivos fundacionales a través de cinco misiones:
- Análisis prospectivo en cada uno de esos ámbitos;
- Procurando se dé prioridad a la investigación, enseñanza y capacitación;
- A través del establecimiento de normas es decir la adopción de declaraciones, recomendaciones, convenciones internacionales;
- Actuando en capacidad consultiva para brindar asesoramiento en proyectos y políticas nacionales.
- En tanto foro de intercambio intelectual.
La UNESCO, vale la pena puntualizarlo, son los Estados miembros que actúan a través de sus Representantes Permanentes, que se expresan a través de sus órganos que son el Consejo Ejecutivo, la Conferencia General que aprueba su presupuesto y programa sobre una base bienal, así como los distintos comités intergubernamentales en cada uno de los campos de acción del organismo.
El Director General de la UNESCO y los miembros de la Secretaria y de las Oficinas Regionales, son funcionarios internacionales que están al servicio de los Estados pero no pueden tener ingerencia en los asuntos de estos ni decidir por estos ni actuar en reemplazo de ellos para implementar adecuadamente los acuerdos que los Estados han negociado en ese ámbito y han ratificado.
Otro actor a computar en la relación UNESCO/Estados miembros son las Comisiones nacionales de Cooperación con la UNESCO que constituyen una estructura sin equivalente en el sistema de Naciones Unidas. Las Comisiones nacionales fueron creadas en el acta constitutiva de la UNESCO de 1945 y su Carta fue aprobada por la Conferencia General en 1978. Ellas constituyen o deberían constituir un nexo esencial entre las actividades de la Organización y los diversos departamentos ministeriales, los servicios, las instituciones, las organizaciones no gubernamentales y los particulares que trabajan en los ámbitos de la educación, la ciencia , la cultura y la comunicacion.
En la Argentina la Comisión Nacional funciona en el ámbito del Ministerio de Educación, es presidida por el Ministro de Educación, tiene un Secretario Ejecutivo que es un funcionario del Ministerio de Educación y están representados en ella el Ministerio de Relaciones Exteriores, la Secretaria de Ciencia y Tecnología y la Secretaria de Cultura de la Nación.
- Primer cliché a evitar: “la UNESCO es un mega organismo que no sirve para nada... ”
Sugerencias: profundicen sobre la forma en que han funcionado y funcionan y que recursos se le asignan a los mecanismos institucionales que nos vinculan a ella; la importancia que le dan las autoridades de turno a nuestra presencia a traves de la participación activa y ,consecuentemente, que provecho se ha obtenido y como se podría modificar esa situación eventualmente.
A) La protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado
La primera convención que se adopta en el ámbito de la UNESCO fue hace ya mas de 50 años la Convención de La Haya o Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado.
Indudablemente se trato de una iniciativa europea, particularmente holandesa, comprensible después de la profunda conmoción que deja la segunda guerra mundial no solo en perdida de vidas humanas sino de destrucción y daño sin precedente de bienes culturales.
Su interés reside en ser el primer instrumento internacional destinado exclusivamente a la protección de los bienes culturales. Abarca tanto el patrimonio mueble como el inmueble, incluyendo monumentos de valor arquitectónico, artístico o histórico, sitios arqueológicos, obras de arte, manuscritos, libros y objetos de interés artístico, histórico o arqueológico así como colecciones científicas.
Los Estados que han adherido a esta Convención, entre los cuales esta la Republica Argentina, se comprometen a salvaguardar y respetar los bienes culturales durante un conflicto armado, aun cuando no se trate de un conflicto internacional; a establecer mecanismos para dicha protección a través del registro e inscripción de sitios que deberían gozar de una protección especial; a la colocación del emblema de la Convención en los edificios que gozan de protección especial y la creación de unidades especiales dentro de las fuerzas armadas responsables por la protección del patrimonio cultural.
Un concepto importante que plantea la Convención es que el patrimonio debe ser protegido tanto en tiempos de paz como de guerra y que es especialmente en tiempos de paz cuando deben tomarse precauciones que permita enfrentar las catástrofes. Un tema primordial es la elaboración del inventario de los bienes culturales de un pais.
Conjuntamente con la Convención se adopto un Primer Protocolo que prohíbe la exportación de bienes culturales de un territorio ocupado y exige la restitución de los mismos al Estado del cual hubiera sido removido. Prohíbe también de manera expresa la apropiación del patrimonio cultural como reparación de guerra.
La Convención de La Haya por las circunstancias en que se adopto dejo varias lagunas que con el tiempo limitarían su aplicación, en especial la definición de “necesidad militar”. Por otra parte en la década de los 80 y 90 cambio la naturaleza de los conflictos produciéndose actos de barbarie en el contexto de conflictos étnicos y no internacionales. Así se inicio una revisión de estas lagunas, tomándose en consideración la experiencia recogida en diferentes conflictos y el desarrollo del derecho internacional humanitario y de la protección del patrimonio cultural y en 1999 se adoptó un Segundo Protocolo .
Este Protocolo prevé sanciones para la destrucción del patrimonio cultural así como responsabilidad criminal; es aplicable para conflictos interétnicos( y no solo internacionales) y, lo que es interesante, le dedica particular atención a las medidas que deben tomarse en tiempos de paz para proteger los bienes culturales en caso de guerra o catástrofe natural. Principalmente : inventarios, microfilmado, planificación de medidas de urgencia para garantizar la protección de bienes contra los riesgos provocados por incendios o derrumbe de instalaciones, remoción de bienes culturales muebles o provisión de una protección adecuada in situ. El segundo Protocolo de la Convención de la Haya constituye una verdadera invitación al trabajo multidisciplinario (defensa, justicia, cultura, educación, relaciones exteriores).
El papel de la UNESCO en esta Convención es: actuar como autoridad moral entre las partes en conflicto, coordinando acciones de cooperación a través de asistencia científica o a través de medidas tendientes a atenuar o reparar los daños sufridos. Ejemplos: Camboya, Afganistán, los países del este europeo con las inundaciones.
Organismos que la secundan: la Cruz Roja Internacional, el ICCROM y organizaciones no gubernamentales como el Consejo Internacional de Museos – ICOM -, el Consejo internacional de Sitios y Monumentos – ICOMOS – y el Escudo Azul – Blue Shield –
- Segundo cliché a evitar: “El organismo no prevé resguardos para los conflictos armados o cataclismos naturales... ”; “la UNESCO no ha impedido la destrucción de Dubrovnik, Sarajevo, ni Bagdad...”
Sugerencias: reflexionen sobre las limitaciones de un acuerdo internacional que no ha sido universalmente ratificado (en el momento de dictarse la conferencia aun no lo había hecho Estados Unidos, situación que ha sido modificada recientemente); que tiene lagunas que limitaron su aplicación en el tiempo como la definición de “necesidad militar”; sobre el cambio de la naturaleza de los conflictos; sobre el valor simbólico de los bienes culturales al convertirse en blanco de la destrucción del enemigo; la necesidad de educar en el respeto del patrimonio y de la identidad del otro; sobre las medidas para prevenir las catástrofes que deben adoptarse en tiempos de paz, tema sobre el que existen estudios y abundante bibliografía especializada (ICOM/ICOMOS/ICCROM); sobre la posibilidad de trabajar de manera interdisciplinaria e interinstitucional en el abordaje del patrimonio en tiempos de paz; sobre la necesidad de relevar los bienes culturales, de desarrollar planes para atender situaciones de riesgo o emergencias; la sensibilización de fuerzas militares, policiales y civiles desplegadas en operaciones de paz acerca de la necesidad de atender a la reconstrucción de las instituciones culturales (bibliotecas, archivos, museos, escuelas) de un pueblo como forma de permitir que este recupere su identidad y autoestima.
B) El trafico ilícito de bienes culturales
Hacia finales de la década del sesenta comunidad internacional va a dirigir su atención hacia otra cuestión que si bien no era novedosa en la historia de la humanidad se había convertido en una constante durante la época colonial: el pillaje o sustracción de bienes culturales. Y buscara la forma de luchar contra ello, primero a través de una Recomendación y posteriormente de una Convención que se adoptara en 1970( de allí que se la conozca como Convención de 1970).
El trafico de bienes culturales es una industria global sumamente lucrativa, después de las armas y las drogas, calculándose que moviliza mas de mil millones de dólares anuales.
Esta Convención se llama “Convención sobre las medidas que deben adoptarse para prohibir e impedir la importación, la exportación y la transferencia de propiedad ilícita de bienes culturales” y también se la conoce de manera abreviada como Convención de 1970.
¿Cuál es el fundamento de esta Convención? Que los bienes culturales son elementos fundamentales de la civilización y de la cultura de los pueblos y solo adquieren su verdadero valor cuando se conoce con la mayor precisión su origen, su historia y su medio, es decir su contexto. Un testimonio arrancado de su contexto se convierte en un testimonio mudo y con esa acción se priva a un pueblo de conocer parte de su memoria y de su identidad.
Esta Convención se refiere exclusivamente al patrimonio mueble y en ella se encuadra igualmente la protección del patrimonio fósil o paleontológico.
Este tratado no impide, como algunos creen, la circulación legitima de bienes culturales sino que se refiere específicamente a tres situaciones:
- La exportación ilegal de bienes culturales si no esta acompañada por un certificado de exportación;
- La adquisición y exportación de bienes culturales robados de un museo, de una excavación arqueológica o de un monumento religioso o secular e ilegalmente exportado; y
- La exportación y transferencia de propiedad de bienes culturales bajo compulsión derivada directa o indirectamente de la ocupación de un país por una potencia extranjera.
¿Que medidas propone la Convención?:
El establecimiento de inventarios nacionales, tanto de las colecciones nacionales como particulares; el establecimiento de una “lista roja” nacional, es decir de aquellos bienes que en caso de ser motivo de exportación ilícita ocasionarían un empobrecimiento considerable del patrimonio cultural nacional; el desarrollo o creación de instituciones científicas y técnicas que permitan garantizar la conservación y valorización de los bienes culturales (museos, bibliotecas, archivos, laboratorios, etc.); el control de las excavaciones arqueológicas; la adopción de códigos de deontología profesional acordes con los principios éticos de la Convención para categorías profesionales vinculadas con el tema, como son los directores de museos, coleccionistas, anticuarios y arqueólogos; una acción educativa y publicidad apropiada a todo caso de desaparición de un bien cultural.
¿Que organismos secundan a la UNESCO en la implementación de esta Convención?
Una organización no gubernamental, el ICOM, Consejo Internacional de Museos, nacida en 1946, - con una Secretaria Internacional con Sede en Paris y Capítulos nacionales en mas de 100 países, entre ellos la Argentina - que cumplió un papel significativo con la adopción del Código de Deontología para los profesionales que trabajan en los museos (1986, actualizado en el 2002) referido especialmente a las políticas de adquisición y los resguardos a tomar en caso de compra de bienes culturales. En el ámbito de la UNESCO se adopto igualmente un Código de Deontología para los anticuarios en 1999. A través de un breve articulado se proponen una serie de medidas a los comerciantes de bienes culturales para que eliminen de su actividad profesional aquellos que proceden del trafico ilícito.
Otros organismos que cooperan en la lucha contra el trafico ilícito de bienes culturales son INTERPOL – la Organización internacional de la Policía Criminal con Sede en Francia y sus representaciones locales – y la Organización Mundial de Aduanas, con sede en Bruselas y sus representaciones regionales( en el caso de América Latina, Chile).
Al hacer el balance de esta Convención señalemos que una limitación la ha constituido el hecho que la mayoría de los Estados que la han ratificado ha sido justamente los expoliados en su patrimonio cultural. Aunque, últimamente, estados con una fuerte presencia en el mercado del arte - como Francia, Estados Unidos o Suiza - lo han hecho. Señalemos también que la indiferencia de las autoridades; el temor tanto de los museos como de los coleccionistas privados en denunciar robos; la ausencia de inventarios nacionales; la falta de nomencladores arancelarios adecuado;, la inexistencia de legislación adecuada; el desconocimiento del valor del propio patrimonio y las condiciones sociales y económicas desfavorables han resultado condiciones propicias al despojo y consecuente empobrecimiento cultural en muchos lugares del mundo.
Como complemento de la Convención de 1970 se debe citar otro tratado internacional que regula las transacciones privadas y que fue elaborado por pedido de la UNESCO por el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Internacional Privado (UNIDROIT), con sede en Roma. Es la Convención UNIDROIT sobre Bienes Culturales Robados o Ilícitamente Exportados (del territorio de un Estado parte), adoptada en 1995.
Esta Convención ofrece una estructura internacional para contrarrestar transacciones privadas ilegales de arte y de objetos culturales robados. O sea que permite que tanto los Estados propietarios de un objeto robado o ilícitamente exportado como los propietarios individuales que deseen recuperar un objeto de arte robado puedan hacerlo a través de una presentación ante tribunales extranjeros de países que sean igualmente signatarios del Convenio.
Algunos de los principios que convienen retener de la Convención UNIDROIT:
I. El poseedor de un bien cultural robado debe restituirlo;
II. Se considera robado todo objeto cultural procedente de excavaciones ilícitas o que proceda de excavaciones licitas pero que haya sido ilícitamente exportado;
III. Toda solicitud de restitución de bienes culturales robados debe hacerse dentro de un plazo mínimo de 3 años y uno máximo de 50 años. No obstante, una acción de restitución de un bien cultural que forme parte de un monumento o provenga de un sitio arqueológico debidamente identificado o que haga parte de una colección publica no esta sometido a ningún termino de prescripción mas que el de 3 años a contar del momento en que el solicitante supo del lugar donde se encontraba el bien cultural y la identidad de su posesor.
IV. El poseedor de un bien cultural robado que debe restituirlo tiene el derecho al pago, en el momento de la restitución, de una indemnización equiparable a condición de demostrar la buena fe en el momento de la adquisición.
En el caso de los bienes culturales ilícitamente exportados del territorio de un Estado parte en la Convención debemos retener:
I. Se considera exportación ilícita la exportación temporaria de un bien cultural del territorio del Estado demandante, principalmente con fines de exposición, investigación o de restauración en virtud de una autorización otorgada según la reglamentación en vigor y que no haya sido devuelto conforme a los términos de dicha autorización;
II. El Estado demandante debe establecer que la exportación de dicho bien comporta una perdida significativa para algunos de los intereses siguientes: la conservación material del bien o de su contexto; la integridad de un bien complejo; la conservación de la información, principalmente de naturaleza científica o histórica relativa al bien; el uso tradicional o ritual del bien por una comunidad autóctona o tribal.
El interés de la Convención UNIDROIT es que exige sin equivoco que todos los objetos robados sean devueltos y que limita las posibilidades de compensación, en caso de devolución, a los propietarios que se esforzaron en obtener el titulo de propiedad. La existencia de esas medidas obliga a potenciales compradores de arte a buscar adecuada y completa documentación respecto de propietarios pasados del objeto y hace mucho más difícil invocar buena fe en relación con objetos sospechosos.
- Tercer cliché a evitar: “ La UNESCO no ha impedido el saqueo de obras de arte...”; “la UNESCO prohíbe la adquisición y circulación de obras de arte. ; .”” el robo de objetos se evitara con un sistema sofisticado de alarmas en los museos...”
Sugerencias: mediten sobre la complejidad de un tema donde coexiste una multiplicidad de actores( coleccionistas, arqueólogos, anticuarios, poblaciones carenciadas, intermediarios); sobre la necesidad de crear un espacio de dialogo entre ellos; sobre la responsabilidad de las autoridades en la falta de inventarios nacionales y de jerarquizacion de las profesiones e instituciones ligadas a la protección del patrimonio y a su puesta en valor(bibliotecas, museos, archivos); la vinculación del saqueo de obras de arte con el lavado de dinero; el desconocimiento del valor del propio patrimonio; la necesidad de involucrar a las comunidades locales en su protección; al turismo y la fragilidad de los yacimientos arqueológicos; el conocimiento insuficiente de una Convención que tiene fuerza de Ley por parte de funcionarios, magistrados y legisladores; la lentitud en propiciar actividades de sensibilización.
C) El Patrimonio cultural y natural de valor universal excepcional
En el año 1972 la comunidad internacional adopta uno de los tratados más innovadores y visionarios en materia de protección del patrimonio: la Convención del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural (a la que muchos suelen referirse como “patrimonio de la humanidad”) y que constituye un “salto” cualitativo en donde nos encontramos en un ámbito bien diferente al de las Convenciones anteriores. Es decir tanto a las sensibilidades que rodean un conflicto bélico como a los intereses económicos asociados a la adquisición de un bien cultural.
La noción de compromiso de la comunidad internacional con la salvaguardia de un bien cultural situado en el territorio de otro Estado estaba en el llamamiento lanzado en 1958 para salvar los templos de Abu Simbel, en Egipto, con motivo de la construcción de la represa de Asuan que, a la par del bienestar que traería aparejado a las poblaciones locales, hubiera significado una perdida irreparable para toda la humanidad. Se obtuvieron cerca de 80 millones de dólares, provenientes de donantes y de fondos otorgados por unos 50 países.
La campaña constituye un ejemplo para acciones de salvaguardia similares tales como las que ulteriormente se implementaron para preservar el patrimonio cultural en Venecia, Moenjodaro (Pakistán) y Borobudur (Indonesia).
Los referidos antecedentes alentaron a la comunidad internacional para plasmar en un acuerdo multilateral el concepto de responsabilidad compartida para la preservación de bienes culturales y naturales considerados como de “valor universal excepcional”, desde el punto de vista histórico, artístico, científico o antropológico, cuya desaparición o deterioro constituirían un empobrecimiento nefasto para la humanidad entera.
Dentro de las categorías contempladas en la Convención se encuentran para el patrimonio cultural: los monumentos (edificios, esculturas y pinturas monumentales, sitios arqueológicos, etc.) los conjuntos (ciudades, poblados y barrios); los sitios (obras elaboradas únicamente por el hombre o la acción conjunta del hombre y la naturaleza)
Para el patrimonio natural: ciertas formaciones físicas y biológicas (bosques, glaciares, islas, cuevas, montanas, etc.); el hábitat de especies animales y vegetales en peligro de extinción (arrecifes coralinos, bosques tropicales, humedales, etc.); sitios o zonas naturales estrictamente delimitadas (parques nacionales)
La Convención no se refiere a patrimonio mueble
Algunas particularidades de este Tratado es que no se aplica a todos los bienes culturales y naturales sino a un numero relativamente reducido de aquellos que, por sus características esenciales, son del “interés de la humanidad “. Para ello se ha previsto la aplicación de un procedimiento que requiere:
Que cada Estado parte de la Convención haga un inventario de los bienes situados en su territorio que podrían formar parte del patrimonio mundial y que recibe el nombre de Lista Indicativa Nacional, la que no es exhaustiva y puede ser actualizada periódicamente.
Un concepto importante que debe quedar claro es que solo los Estados pueden presentar bienes a ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial; no pueden hacerlo particulares, ni ONG, ni organismos individuales dentro de un pais. Y ello es así, porque el Estado tiene la responsabilidad primaria de identificar, proteger, conservar, rehabilitar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio y para ello se compromete a adoptar las medidas jurídicas, científicas, técnicas, administrativas y financieras adecuadas.
Otro concepto fundamental es que la decisión sobre la inclusión o no de un bien en la Lista corresponde exclusivamente al Comité del Patrimonio Mundial, órgano intergubernamental compuesto por 21 miembros elegidos en ocasión de la Asamblea General de Estados parte y que se ocupa de la administración de la Lista. Lo hace con el asesoramiento técnico de la UICN, ICOMOS y del ICCROM.
La Convención de 1972 ha jugado un papel importante en la evolución del concepto de patrimonio. En efecto, a comienzos de la década del 90 se cristaliza una nueva categoría: la de los “paisajes culturales”, que no son sitios estrictamente culturales ni naturales sino que traducen una interacción profunda y prolongada del hombre con su medio (el Parque Nacional de Tongariro, los arrozales de las Filipinas, los viñedos de Saint Emilion y de Tokai, la Quebrada de Humahuaca). Esta categoría implica una visión más antropológica del patrimonio y la consideración de manifestaciones culturales y naturales que deberán ser motivo de especial atención en la gestión de estos sitios.
Dos aspectos capitales que debemos retener de la Convención: la importancia de las comunidades locales en todo el proceso que lleva a la postulación de un sitio a la Lista del Patrimonio Mundial, desde su identificación a su gestión. Y, la necesidad que el Estado que presente un bien tome las medidas necesarias para la elaboración de un plan de manejo que permita proteger los valores por los cuales se lo inscribió en la Lista y que solo puede ser el resultado de una acción concertada entre todos los sectores concernidos, aun de los que tuvieren intereses más contrastantes.
Como mecanismos para asegurar la protección de los sitios y su conservación en caso de riesgos la Convención contempla la inclusión de un bien en lo que se denomina “ Lista del patrimonio mundial en peligro” y la presentación de Informes Periódicos sobre el estado de conservación de los sitios y la implementación de la convención del patrimonio mundial, sobre base sexenal y regional.
Una de las mayores dificultades que enfrenta la Convención en su puesta en practica es la persistencia del trabajo compartimentado entre los sectores natural y cultural que deriva en una falta de estrategias adecuadas y en situaciones de bloqueo; falta de capacitación en materia de gestión, carencia de recursos humanos suficientemente formados y desconocimiento por parte de muchos funcionarios de las posibilidades de la cooperación internacional en esta materia.
Esto se hace perceptible particularmente en el tema de los paisajes culturales, cuya gestión requiere un enfoque multidisciplinario e interinstitucional en el que se hace necesario recurrir a un entrenamiento que contemple aspectos ecológicos, culturales, sociales y económicos de manera integrada.
- Algunos “clichés” a evitar: “ la inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial reporta ingentes fondos internacionales”; “ tal sitio podría ser retirado de la lista en cualquier momento...” “ la UNESCO debería incluir tal o cual sitio...” y al protagonismo (en ocasiones excesivo) de ciertos funcionarios que acompaña la inscripción de un sitio y que no va de la par con una conducta responsable en su protección ni en los recursos financieros que se le asignan.
Sugerencias: mediten acerca de la responsabilidad que es para un Estado la presentación de un bien a la lista del patrimonio mundial; a la escasa experiencia en materia de gestión; a las expectativas desmesuradas que a veces van asociadas a la inscripción de un sitio; a la necesidad de involucrar a la comunidad y sobre todo a las autoridades para que todos comprendan que valores existen y han de preservarse según una visión conjunta y consensuada; a la riqueza del concepto de paisaje cultural; a la alianza entre conservación, desarrollo y sustentabilidad; a la posibilidad de convertir los sitios del patrimonio mundial en modelos para la gestión de otros sitios; a asociarlos con la investigación científica; a la necesidad que el Estado confeccione y actualice su lista indicativa donde incluya categorías diversas acorde con la riqueza del país (en el caso de la Argentina, por ejemplo, seria contemplar bienes representativos desde la arquitectura del siglo XIX hasta arte rupestre, paisajes industriales y paisajes culturales, grandes áreas naturales protegidas); Al papel que el patrimonio debería cumplir en la vida colectiva, como pide la Convención; a que todo el patrimonio, no solo el de valor universal excepcional sino tambien el más modesto debe ser protegido; a no utilizar la inscripción en la lista del patrimonio mundial como una vía de escape para evitar un relevamiento completo de nuestros bienes culturales y naturales y el diseño de una estrategia para su protección y conservación que alíen estos dos elementos con el desarrollo económico sostenible; a la necesidad de generar una legislación que permita canalizar parte de los crecientes recursos derivados del turismo a la protección de los sitios.
E) El Patrimonio cultural subacuatico
Este patrimonio constituye un elemento significativo de la historia y una parte integrante del patrimonio común de la humanidad que se halla amenazado seriamente por el desarrollo de técnicas de exploración que han hecho que los fondos marinos sean accesibles a muchos y, por tanto la explotación comercial de los objetos que encierran se ha convertido en una actividad muy difundida y lucrativa.
Recordamos que el principal tratado es la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, que se adopta a principios de los años 80 (Montego Bay, 1982) pero ella se orientaba principalmente a reglamentar los recursos económicos que se encuentran en el fondo del mar sin garantizar de manera adecuada la protección del patrimonio cultural subacuatico.
A fines de la década de los 90 se comenzó a estudiar la posibilidad de adoptar un instrumento especifico para este patrimonio, proceso que culmino en 2001 con la adopción de este nuevo tratado.
Los principios generales de la Convención que conviene retener son los siguientes:
Se considera patrimonio cultural subacuatico a toda traza de existencia humana que presente un carácter cultural, histórico o arqueológico que este sumergida, parcial o totalmente, periódicamente o en permanencia desde por lo menos 100 años;
La conservación in situ del patrimonio cultural subacuatico debe considerarse como la opción prioritaria antes que cualquier otra intervención;
El patrimonio cultural subacuatico no debe ser objeto de ninguna explotación comercial;
Las intervenciones sobre el patrimonio cultural subacuatico no deben perturbar inútilmente los restos humanos ni los lugares sagrados;
Todo descubrimiento o intervención sobre el patrimonio cultural subacuatico situado en la zona económica exclusiva, la plataforma continental del estado costero o en la Zona debe estar sometido a un sistema preciso de declaración, notificación y autorización. Se reserva un tratamiento especial a los navíos de guerra y otros navíos gubernamentales o aeronaves militares que gozan de inmunidad soberana;
Previo a cualquier intervención debe elaborarse un descriptivo del proyecto el que debe ser aprobado por los servicios competentes;
Se debe promover la formación, transferencia de tecnologías y circulación de la información, sensibilización y formación del publica en el valor y el interés de este patrimonio.
Sugerencias: meditar sobre la acción indiscriminada de los cazadores de tesoros submarinos y la perdida de material de un valor irremplazable para el estudio de los orígenes de la historia de las civilizaciones; sobre las formas de asegurar un acceso inofensivo y responsable del publico al patrimonio cultural subacuatico in situ para observación y documentación y sensibilización
f) El Patrimonio cultural inmaterial
Uno de los más recientes tratados internacionales adoptado por UNESCO es la Convención para la salvaguardia del Protección del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Aquí también hay una evolución interesante en el concepto de patrimonio ya que en los tratados anteriores es evidente que la atención se centra en la protección del patrimonio material (monumentos, sitios arqueológicos, conjuntos de monumentos, áreas naturales, etc.) y ahora se atiende a lo inmaterial. Esto obedece a una tendencia que en la comunidad internacional se perfila desde la década del 70 en el accionar de países pertenecientes en su mayoría al África, Asia y América Latina que promovieron en el seno de la UNESCO la noción que el patrimonio cultural y natural no son solo objetos sino también valores que merecen un mismo nivel de protección.
En 1989 se adopta una recomendación sobre la Salvaguardia de la cultura Tradicional y Popular con lo que se dio un salto hacia el comienzo de una labor normativa que se prolongaría varios años y que culminaría a principio de la década del 2000.
Algunas nociones a retener:
El patrimonio cultural inmaterial o intangible se refiere a practicas, representaciones, expresiones, conocimientos, habilidades así como a los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales asociados con ellos, que las comunidades, los grupos y los individuos reconozcan como parte de su patrimonio cultural.
Este patrimonio intangible, transmitido de generación en generación, es constantemente recreado por las comunidades en respuesta a su medio ambiente, su interacción con la naturaleza y sus condiciones históricas de existencia y los provee con un sentido de continuidad e identidad con lo que se promueve la diversidad cultural y la creatividad humana.
Ejemplos: tradiciones y expresiones orales; las artes, practicas sociales, rituales, eventos festivos; conocimientos y practicas sobre la naturaleza y el universo, artesanías.
El estado parte en la Convención debe tomar las medidas necesarias para salvaguardarlo, identificando y definiendo los elementos presentes en su territorio con la participación de comunidades, grupos y ONG relevantes. Debe proveer inventarios y actualizarlos.
Sugerencias; meditar sobre las numerosas manifestaciones de este patrimonio en nuestra región; la necesidad de constituir comités interministeriales o estructuras con representación de la sociedad civil para comenzar la tarea de relevamiento y registro de estas manifestaciones en vistas a su protección; la vinculación del patrimonio inmaterial con el turismo rural; con formas del desarrollo sostenible de las comunidades; la revalorización del saber tradicional y su vinculación con la protección de la biodiversidad.
Declaraciones y Recomendaciones
Para concluir mencionaremos dos Declaraciones que parecen útiles a los fines de esta presentación.
Las Declaraciones no son obligatorias como si lo son las Convenciones o Tratados cuando son ratificados. Pero pueden servir para orientar e inspirar la legislación interna de los Estados.
La Declaración sobre la Destrucción Intencional del Patrimonio Cultural, adoptada en 2004 un momento de gran sensibilidad asociado a la destrucción de bienes culturales en ocasión de conflictos que conoce dos puntos de máxima tensión: la destrucción de los budas de Bamiyan, en Afganistán, y el saqueo del patrimonio cultural en Irak, a principios de 2003.
Y la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural, adoptada en 2001, que consagra el principio de la diversidad cultural como correlato para el genero humano de la diversidad biológica en los organismos vivos.
Esta Declaración se encuentra en la génesis de la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, adoptada en 2005.
(*) Maria Susana Pataro
Antropóloga y diplomática de carrera , nacida en Buenos Aires y egresada de la Facultad de Filosofía y Letras de la UBA, se ha especializado en temas relativos a la protección del patrimonio cultural y natural. Desempeñó funciones en las representaciones diplomáticas en Francia, Grecia, Italia, en la Delegación ante la UNESCO. Actualmente es embajadora argentina en Nigeria con concurrencia en varios países de Africa occidental y central.
Apuntes para una guía
El Seminario-Taller obre cobertura periodística y patrimonio fue organizado por la Oficina de la UNESCO en Montevideo conjuntamente con la Oficina de la UNESCO en La Habana y Puerto Príncipe, a través de sus respectivos programas de Cultura y de Comunicación e Información y reunió a una veintena de periodistas provenientes de Argentina, Brasil, Cuba, Chile, Haití, Paraguay, República Dominicana y Uruguay.
A lo largo de dos días se recogieron diferentes aspectos referidos a los contenidos, alcances, herramientas, visiones locales y regionales, y estrategias posibles de difusión sobre los acercamientos del tema patrimonio al periodismo con miras a la elaboración de una guía para la cobertura periodística del patrimonio, .
En opinión de Magda Resik y Horacio Knaeber, coordinadores de la elaboración de la Guía, "el aporte realizado por los expertos en patrimonio y periodismo provenientes de los países del MERCOSUR y del Caribe Latino fue fundamental en la orientación de la tarea documental. Las experiencias, opiniones y visiones de los participantes dieron basamento al necesario trabajo posterior que definirá una propuesta de guía".
La estructura básica de la guía contendrá entre otros, capítulos documentales con resúmenes de las convenciones, leyes, preguntas de orientación y consulta rápida, referencias y ejemplos sobre posibles coberturas que permitan a los periodistas sin experiencia tener un modelo básico de trabajo, glosario y bibliografía que permita obtener un amplio panorama para la capacitación y la investigación. El documento contendrá también orientaciones en Internet así como datos concretos de contactos con fuentes seguras.
Algunas conclusiones
Por Magda Resik (resika@yahoo.com) y Horacio Knaeber (knaeber@gmail.com)
La UNESCO nos ha convocado a este Taller impulsado y auspiciado por las oficinas en Montevideo para el MERCOSUR y La Habana para el Caribe Latino, que culmina en esta primera etapa del seminario-taller realizado en Villa Ocampo.
Durante dos días hemos realizado una aproximación a las convenciones, recomendaciones y posturas de la UNESCO sobre el patrimonio en su amplia diversidad, mediante la contribución de expertos de la organización, de autoridades y especialistas del patrimonio y de periodistas.
Nos acercamos también, a la situación de la cobertura periodística de la cultura, especialmente la relacionada con el patrimonio en todas sus facetas y en la región.
Con ese fin, los periodistas de Argentina, Brasil, Cuba, Haití, Paraguay, República Dominicana y Uruguay, ofrecieron una panorámica de la situación de la cobertura periodística en sus países y aportaron definiciones y una amplia visión sobre la práctica del periodismo en su relación con el patrimonio. Además, participaron en un ejercicio práctico de aproximación a ejemplos concretos de cobertura en diversos soportes y medios.
Por su parte, los expertos en el patrimonio aportaron su visión desde la perspectiva de las fuentes autorizadas para la consulta periodística y ofrecieron una panorámica de las acciones realizadas desde sus instituciones y organizaciones a favor de la comunicación efectiva del patrimonio.
Expertos y periodistas analizaron los obstáculos que enfrentan a la hora de posicionar un tema que debía ser de interés común, en los medios de comunicación y se aproximaron desde sus perspectivas en un ejercicio de conciliación de visiones que podría apuntar las posibilidades aun inexploradas en el camino de comunicar el patrimonio.
En general se abordaron los siguientes temas:
1. Las fuentes seguras: las formas de consulta de las fuentes autorizadas y la valía de cualquier fuente a consultar siempre y cuando se contrasten y contrapongan en función de aportar una visión lo más acertada posible del tema patrimonial.
2. Los expertos como comunicadores de los contenidos patrimoniales y como generadores de información, más allá del sistema de eventos y conmemoraciones.
3. Las competencias periodísticas: cómo el periodista debe prepararse lo suficientemente para enfrentar un tema tan especializado como el patrimonio; el debate entre la realización de un periodismo que tienda a lo educativo o únicamente a lo informativo en el terreno de lo patrimonial.
4. Alternativas para comunicar el patrimonio: el empleo de todos los soportes, medios y sistemas de comunicación teniendo en cuenta que la región ofrece un panorama de disparidad tecnológica y social, que se evidencia en el ejercicio del periodismo; ¿cómo alcanzar a muy distintos públicos con un tema que les pertenece y del cual muchas veces no son conscientes?
5. Tecnologías: Las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, especialmente las relacionadas con el acceso a Internet, para emplear otro tipo de herramientas en el camino de comunicar el patrimonio; la certeza de que existen públicos nada despreciables que no pueden acceder a ellas, a los cuales se debe abordar empleando otros medios tradicionales y una buena dosis de creatividad.
6. Formación profesional: las escasas oportunidades de superación y formación profesional que se ofrecen a los periodistas, editores y decisores en el escenario mediático, para contar con un verdadero conocimiento del universo cultural y patrimonial y de las buenas prácticas de cobertura periodística del patrimonio.
Recomendaciones:
- La UNESCO podría sistematizar este esfuerzo iniciado en función de aportar herramientas e información especializada a los periodistas para la cobertura del patrimonio, desarrollando talleres y herramientas para la acción en muy diversos soportes.
- Las autoridades del patrimonio, deberían incursionar en asociaciones con los medios de comunicación y las instituciones educacionales, en función de auspiciar la formación y elevar la sensibilidad de aquellas personas que administran las empresas y consorcios de la comunicación, de cuyas decisiones depende en muchos casos la importancia o no que se le conceda al tema en sus publicaciones.
- Desarrollar una red de comunicadores culturales y del patrimonio como base de trabajo y relacionamiento de los periodistas que se interesen o se consagren al tema que cuente con el aporte permanente de distintas instituciones y expertos en la materia. A esta red la UNESCO y las instituciones del patrimonio, podrían proveerla de información veraz y oportuna, poniendo mayor interés en aquellos medios comunitarios y de menor alcance que alcanzan a públicos de interés y nada despreciables.
- Estudiar las potencialidades de la gestión turística, en lo concerniente a los medios de comunicación, para proponer un abordaje más atractivo y oportuno de los tesoros patrimoniales de la región.
- Fomentar la realización de eventos de capacitación periodística por país y regionales, con el propósito de integrar las políticas y las prácticas del periodismo cultural y especialmente del consagrado a la defensa del patrimonio.
- Las instituciones públicas podrían apoyar el desarrollo de programas de becas, ciclos de investigación y premios que fomenten las buenas prácticas del periodismo dedicado al patrimonio.
Este es un inventario breve de los presupuestos, definiciones y elementos aportados por los participantes en el seminario-taller. El paso próximo será mantener la comunicación entre esta red de periodistas y expertos que se inicia e insertar en el cuerpo final de la Guía para la cobertura periodística del patrimonio, tras un detallado análisis y decantación, aquellos elementos imprescindibles y aun no incorporados a ese instrumento de educación periodística.
Fotos

Lisandro Cardozo (Paraguay) Armando Olveira (Uruguay) y Carmen María Ramos (Argentina)

Alfonso Quiñones (República Dominicana)

Vario Serant (Haití) y Andrés Mazzini (Uruguay)

En plena tarea

Vario Serant (Haiti), Gabriela Pacheco, Daniela Demel y Günther Cyranek (Uruguay)

Alfredo Conti hizo importantes reflexiones en relación a la elaboración de la Guía

Günther Cyranek (Uruguay), Nicolás Helft (Villa Ocampo) y Frédéric Vacheron (UNESCO Montevideo)

Adriana Santiago (Brasil)

Magda Resik (La Habana)

Vivian Elem (Argentina), Víctor Marín (La Habana) y Lisandro Cardozo (Paraguay)

Sostenido clima de trabajo a lo largo de las jornadas
UNTREF/AAMNBA, Buenos Aires, Argentina | catedraunesco@turismoculturalun.org.ar